¿Qué os parece el beso de Rubiales a una de las campeonas del mundial?

Iniciado por berdinda, 22 de Agosto de 2023, 09:17

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berdonces

Unos de los principios que necesariamente han de respetar TODAS las resoluciones judiciales el el de la congruencia y el de la motivación.

El primero obliga al juez a pronunciarse exclusivamente frente a la acusación solicitada, por lo que la defensa de Jennifer y/o el Fiscal deberán ser muy precisos a la hora de encuadrar los hechos que consideren delictivos.

El segundo implica que el juez debe explicar con todo detalle porqué razones absolverá o condenará a Rubiales, aquí no hay término medio.

Y además, en aras a lo anterior, deberá explicitar con exquisito detalle porqué establece una pena concreta en su extensión (sigo con el ejemplo REAL de la Sentencia que te indicaba):
DECIMOOCTAVO: Penalidad.
En aplicación de los arts. 48, 57, 61 y 66-1-6 del C. Penal, y no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad, procede imponer al acusado las penas y medidas siguientes si bien teniendo en cuenta que las del art. 192 se fijarán en conjunto a tenor de la redacción del propio artículo que viene a señalar su extensión en función, también, del número de delitos de los comprendidos en el mismo título y de su gravedad:
• Respecto del hecho cometido sobre la persona de **********, prisión en la extensión diez años, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena; y prohibiciones de aproximación y comunicación con ******** por tiempo de 20 años. A los efectos de determinación de extensión de la pena de prisión se impone en el máximo de la horquilla del tipo –de 4 a 10 años- por mediar penetraciones; la continuidad remite a la mitad superior, de 7 años y 1 día a 10 años; y la larga extensión de la relación tóxica y en un proceso capital de maduración de la persona determina que esta Sala considere preciso distinguir dos penetraciones no consentidas en días diferentes de un mes y en persona adulta –ejemplo de lo que podría ser el mínimo de 7 años y 1 día por aprovechamiento derivado de embriaguez de la víctima- de lo que son las de autos –un total aproximado a las 18 entre anales y felaciones, acompañadas de más contactos y durante un periodo mucho más largo de tiempo y con afectación del proceso de formación psicológica de la víctima-. Véase que dos penetraciones determinan el paso de tres años de incremento del reproche mínimo –de 4 a 7 años y 1 día-, por lo que el paso de otros tres más por otras 16 penetraciones y a lo largo de mucho más tiempo
que el propio de dos en continuidad y, además, con la consiguiente agravación de la repercusión en la psiquis de la víctima no puede quedar sin reproche severo. Véase, además, que la pena que solicitó el Mº Fiscal sobre la base de agravantes específicas partía, a su vez, de la condena por agresión sexual y cuyo substrato fáctico ha pasado a quedar integrado en los abusos con el consiguiente incremento posible del reproche.

Y así en cada uno de los delitos.

Lo que te quiero decir es que la explicación del catedrático de penal es correcta, porque efectivamente se puede solicitar una pena de hasta 4 años por el beso de Rubiales, pero el sabe perfectamente que no hay ningún juzgado en España que vaya a condenarlo a esos 4 años de prisión, ni muchísimo menos.

Eso se llama populismo, demagogia, etc...y si lo tomas como ejemplo te identificas.

berdonces

Cita de: GERULAITIS en 11 de Septiembre de 2023, 16:49si Raistlin, si, se han pedido años de carcel para el, si

No es cierto, todavía no hay acusación, por lo tanto MIENTES.

berdonces

Cita de: GERULAITIS en 11 de Septiembre de 2023, 16:49si una mujer te denuncia a la policia por haberle pegado, te parece bien que te condenen año y medio de carcel, sin que esta mujer aporte ninguna prueba, y que solo se tome en cuenta su palabra y su declaracion?

FALSO, VUELVES A MENTIR. Si una mujer denuncia que le ha pegado un hombre y no tiene más pruebas que su propia palabra, no le van a condenar a ningún hombre. Si no hay parte de lesiones, prueba gráfica o testigo no habrá condena.

Y no me vengas con que te he dicho que la única prueba incriminatoria fue la declaración de las víctimas, porque aunque principalmente fue así, existen otros elementos circunstanciales, definidos claramente por la jurisprudencia como necesarios para poder fundamentar una sentencia condenatoria.

berdonces

Y para que veas que no me lo invento, te pongo otro ejemplo REAL:

La denunciante refiere haber sido amenazada por su pareja, con cortarle el cuello, pero, la testigo presencial de los hechos, declaró haber escuchado gritos, pero no las expresiones concretas.

El denunciado negó haber dicho las amenazas que se le imputan.

Por ello, en la resolución recurrida se estimó que se trata de disputas propias de una ruptura sentimental, que comporta normalmente una tensión para los integrantes de la pareja, una falta de objetividad o incriminación subjetiva.

En este caso, han mantenido la denunciante y el denunciado versiones contradictorias respecto de las amenazas denunciadas y que dieron lugar a la incoación de la presente causa, sin que exista prueba alguna que permita acreditar los hechos denunciados. No resulta debidamente justificada la perpetración de conducta delictiva imputable al denunciado.

Al no acreditarse la comisión de un ilícito penal por el denunciado, dado que la única prueba existente es la declaración de la presunta víctima, careciendo la misma, de las condiciones exigidas por la jurisprudencia para otorgarle el valor de prueba única y no existiendo más prueba objetiva que permita la continuación de la tramitación del presente procedimiento, se acordó en la resolución recurrida el sobreseimiento provisional de las actuaciones, conforme al art. 641.1 de la LECRIM, al no resultar debidamente justificada la perpetración de conducta delictiva imputable al denunciado ***************** y se procedió a archivar el presente procedimiento.

GERULAITIS

y con estas otras que hacemos?

"Un inocente pasa ocho años en la cárcel tras una acusación falsa de violación

La víctima se retractó cinco años después de su denuncia

A la Audiencia de Almería le bastó el testimonio de la víctima para condenarlo a 13 años de cárcel por violación. Sin ninguna prueba más. También a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que confirmó la sentencia. Gracias a las negligencias de ambos tribunales, El Karrat ez Zitouni, marroquí residente en El Ejido (Almería), permaneció en prisión durante ocho años y 11 meses a pesar de que no era el autor de los hechos que se le imputaban. Cinco años después de la presunta violación por la que fue sentenciado, la falsa víctima aseguró a la policía que había mentido"


o esta

"Iván Rico pasó casi un año en prisión por las denuncias falsas de su expareja, la cual le llegó a acusar de agresiones, quebrantamientos de condena e incluso de usar pegamento en la vagina.

El momento más duro es el ingreso a prisión. Cuando estaba entrando el funcionario me dio un par de sopapos porque había pensado que había hecho lo del pegamento, cuenta Iván que pasó 317 días en prisión y pedían 17 años más para él"


cien ejemplos de esto puedo poner. 100.....

es lo que tiene saltarse el principio fundamental de la justicia y de la ley: la presuncion de inocncia

que solo la palabra de una persona, valga para que te condenen.....
Ganador del Oscar "ForoCrónicas" en 2008 y 2010.
Frase Mitica 2010 "Nadal tiene dos posiciones: cansino y muy cansino"
Ganador del Oscar "Raqueta de oro" en 2010
Ganador del Oscar "Forero sabio" en 2009, 2010, 2011, 2013, y 2014
Nº 1 del Ranking de la Carrera de Campeones Forera 2011. Ganador de la Copa Master Forera 2011

GERULAITIS

Cita de: berdonces en 11 de Septiembre de 2023, 17:05FALSO, VUELVES A MENTIR. Si una mujer denuncia que le ha pegado un hombre y no tiene más pruebas que su propia palabra, no le van a condenar a ningún hombre.

eres tu el que miente

o en todo caso, el que esta equivocado

hay literalmente CIENTOS de sentencias, que te puedo traer aqui, en la que SOLO LA PALABRA DE LA MUJER, ha sido suficiente para condenar a un tio a carcel, y a muchos años de carcel ademas"

y los que habra en la carcel, que no se ha podido demostrar que la tia mentia, no me lo quiero ni imaginar....

porque lo peor de esto, LO PEOR, es que normalmente, estas condenas son revisadas, porque a la "supuesta victima" se le va la boca, y admite donde no debia, que todo fue mentira, y entonces es cuando se reabren los casos

asi que haz el favor de no mentir, y peor aun, haz el favor de no llamar mentirosos a los demas, cuando deimos verdades como puños
Ganador del Oscar "ForoCrónicas" en 2008 y 2010.
Frase Mitica 2010 "Nadal tiene dos posiciones: cansino y muy cansino"
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berdonces

Cita de: GERULAITIS en 11 de Septiembre de 2023, 17:16hay literalmente CIENTOS de sentencias, que te puedo traer aqui, en la que SOLO LA PALABRA DE LA MUJER, ha sido suficiente para condenar a un tio a carcel, y a muchos años de carcel ademas"


Fumando espero. Hasta entonces MIENTES.

Raistlin

Por supuesto que no, pero, ¿qué tiene que ver con el beso robado de Rubiales? El beso fue público, hay imágenes, y dos versiones contrapuestas. Una vez se investigue se condenará o no a Rubiales.

Yo opino que fue abuso, tú lo contrario, y la justicia verá si lo condena o no.

Lo claro es que jamás debió besar a Hermoso, aunque fuera consentido, porque él es una autoridad y es inadmisible que ande pidiendo besitos.
"No todo lo que es oro brilla, ni toda la gente errante anda perdida"

berdonces

Todas y cada una de las personas que denuncian FALSAMENTE son CONDENADAS y lo mismo se puede dar entre una mujer y un hombre que entre un hombre y una mujer.

berdonces

JM, un joven informático domiciliado en Orihuela, Alicante, descubrió todo su sentido la tarde del pasado 28 de enero cuando fue parado en Albacete en un control rutinario de alcoholemia de la Guardia Civil.

La prueba dejó claro que estaba limpio de alcohol. Pero fue inmediatamente detenido.

¿Por qué?

El agente de la Benemérita al introducir su nombre en la base de datos le saltó la existencia de una requisitoria de búsqueda y captura e ingreso inmediato en la prisión de Albacete.

Esto equivale a decir que la Guardia Civil mete en prisión a la gente con pruebas falsas? Pues claro que no

GERULAITIS

ni miento ni tergiverso

hay tienes los ejemplos que te puse

la diferencia, es la que dije: no se puede tener en cuenta SOLO EL TESTIMONIO de una de las partes COMO SI SE TIENE en un monton de denuncias (hay tienes los ejemplos) en el caso de la VIOGEN, cosa que en otros delitos, no es asi

punto, no voy a decir mas sobre este tema, porque queda sobradamente claro, que es asi, y que por lo tanto no he mentido

para demostrarme que miento, rebate esas sentencis que te puse, DONDE SOLO SE CONDENO POR EL TESTIMONIO DE LA MUJER

rebatelas....

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berdonces

Este fue uno de los casos más graves de errores judiciales que se han cometido en la justicia española y se condenó a un hombre por el testimonio falso de dos delicuentes. Esto no va de hombres y mujeres, va de delincuentes.

El caso de José Antonio Valdivielso conmocionó a España en febrero de 2013, cuando el Supremo aceptó revisar su condena a 13 años de cárcel -de los que cumplió nueve en tres cárceles distintas- por dos atracos consecutivos con violencia cometidos en Móstoles en mayo de 2001. Aquella noche, una banda de tres delincuentes robó a dos víctimas y en uno de los ataques estuvo a punto de matar a un hombre clavándole una navaja. Valdivielso, a esas horas, dormía en casa.

Dos personas con las que Valdivielso no tenía ninguna relación fueron detenidas. De forma sorprendente, dos víctimas de dos atracos diferentes que no se conocían entre sí lo señalaron en dos reconocimientos dudosos como el autor de los hechos después de que les enseñasen su foto en comisaría. El joven, que entonces tenía 21 años, había sido incorporado a los archivos policiales tras ser arrestado cuando viajaba como copiloto en un coche con la matrícula trucada con un esparadrapo para burlar los radares. La Policía aquilató las identificaciones aportando un estudio científico de las imágenes que captaron las cámaras de un cajero en el que certificaba que el tercer atracador era él, que la analogía era "total".

No niego que haya mujeres que denuncien falsamente, pero no representan ni el 1% de las denuncias.

Lo que no puedes elevar a categoría es que porque una mujer DELINCUENTE denuncie falsamente cualquier mujer puede meter en la cárcel a un hombre.

Raistlin

Cita de: berdonces en 11 de Septiembre de 2023, 17:00Unos de los principios que necesariamente han de respetar TODAS las resoluciones judiciales el el de la congruencia y el de la motivación.

El primero obliga al juez a pronunciarse exclusivamente frente a la acusación solicitada, por lo que la defensa de Jennifer y/o el Fiscal deberán ser muy precisos a la hora de encuadrar los hechos que consideren delictivos.

El segundo implica que el juez debe explicar con todo detalle porqué razones absolverá o condenará a Rubiales, aquí no hay término medio.

Y además, en aras a lo anterior, deberá explicitar con exquisito detalle porqué establece una pena concreta en su extensión (sigo con el ejemplo REAL de la Sentencia que te indicaba):
DECIMOOCTAVO: Penalidad.
En aplicación de los arts. 48, 57, 61 y 66-1-6 del C. Penal, y no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad, procede imponer al acusado las penas y medidas siguientes si bien teniendo en cuenta que las del art. 192 se fijarán en conjunto a tenor de la redacción del propio artículo que viene a señalar su extensión en función, también, del número de delitos de los comprendidos en el mismo título y de su gravedad:
• Respecto del hecho cometido sobre la persona de **********, prisión en la extensión diez años, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de condena; y prohibiciones de aproximación y comunicación con ******** por tiempo de 20 años. A los efectos de determinación de extensión de la pena de prisión se impone en el máximo de la horquilla del tipo –de 4 a 10 años- por mediar penetraciones; la continuidad remite a la mitad superior, de 7 años y 1 día a 10 años; y la larga extensión de la relación tóxica y en un proceso capital de maduración de la persona determina que esta Sala considere preciso distinguir dos penetraciones no consentidas en días diferentes de un mes y en persona adulta –ejemplo de lo que podría ser el mínimo de 7 años y 1 día por aprovechamiento derivado de embriaguez de la víctima- de lo que son las de autos –un total aproximado a las 18 entre anales y felaciones, acompañadas de más contactos y durante un periodo mucho más largo de tiempo y con afectación del proceso de formación psicológica de la víctima-. Véase que dos penetraciones determinan el paso de tres años de incremento del reproche mínimo –de 4 a 7 años y 1 día-, por lo que el paso de otros tres más por otras 16 penetraciones y a lo largo de mucho más tiempo
que el propio de dos en continuidad y, además, con la consiguiente agravación de la repercusión en la psiquis de la víctima no puede quedar sin reproche severo. Véase, además, que la pena que solicitó el Mº Fiscal sobre la base de agravantes específicas partía, a su vez, de la condena por agresión sexual y cuyo substrato fáctico ha pasado a quedar integrado en los abusos con el consiguiente incremento posible del reproche.

Y así en cada uno de los delitos.

Lo que te quiero decir es que la explicación del catedrático de penal es correcta, porque efectivamente se puede solicitar una pena de hasta 4 años por el beso de Rubiales, pero el sabe perfectamente que no hay ningún juzgado en España que vaya a condenarlo a esos 4 años de prisión, ni muchísimo menos.

Eso se llama populismo, demagogia, etc...y si lo tomas como ejemplo te identificas.
Berdonces, podrías poner la relación de los hechos, en qué contexto fue esta agresión. Pareciera que se trata de una relación de noviazgo tóxico o algo así.
"No todo lo que es oro brilla, ni toda la gente errante anda perdida"

berdonces

Cita de: GERULAITIS en 11 de Septiembre de 2023, 17:28para demostrarme que miento, rebate esas sentencis que te puse, DONDE SOLO SE CONDENO POR EL TESTIMONIO DE LA MUJER
rebatelas....

Te repito, MIENTES. En el caso concreto que has expuesto, HOMBRE QUE PEGA A UNA MUJER, lo primero que le va a pedir el juez va a ser el parte de lesiones y con su solo testimonio no lo van a condenar.

Los dos ejemplos de denuncias falsas que has expuesto los desconozco y desde luego me cuesta pensar que solo exista el testimonio de la falsa víctima, obviando además que la mujer que denuncia estaba cometiendo un delito conscientemente.

GERULAITIS

Cita de: Raistlin en 11 de Septiembre de 2023, 17:22Por supuesto que no, pero, ¿qué tiene que ver con el beso robado de Rubiales? El beso fue público, hay imágenes, y dos versiones contrapuestas. Una vez se investigue se condenará o no a Rubiales.

Yo opino que fue abuso, tú lo contrario, y la justicia verá si lo condena o no.

Lo claro es que jamás debió besar a Hermoso, aunque fuera consentido, porque él es una autoridad y es inadmisible que ande pidiendo besitos.

ya te estas equivocando

si el le pidio el beso, como parece ser, lo logico, REPITO, LO LOGICO, es que si ella le hubiera dicho algo tipo "pero estas loco?" o "quita quita, no digas tonterias" el no se lo hubiera dado

luego esta su comentario en los vestuarios, respondiendo al "y tu que has dicho" de sus compañeras....

ese comentario, es "pos vale"

si esta secuencia es asi, donde esta el delito? donde esta el abuso? donde esta la agresion?

donde?

que no puede ir pidiendo besos, entra dentro de lo etico, de lo moral, de las normas de comportamiento.

pero no rompe ninguna legalidad, que yo, tu, rubiales, o el que sea, le pida un beso a otra persona, sea esta empleada, jefe, desconocida, familiar, o lo que sea....

si preguntas (como parece que el hizo) y tu dices pos vale, estas consientiendo

que luego a lo mejor te arrepientas? pues puede ser...

pero de entrada, has consentido

no se si es que los demas no teneis ojos en la cara....
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