El Corte Inglés y la brecha salarial

Iniciado por berdinda, 14 de Agosto de 2019, 09:25

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Nostromo

#75
Te entiendo perfectamente, lo q pasa es q desvias el debate una y otra vez, si quieres hablar sobre las distintas penas de alcohol al volante abre un hilo, no quiero desviarme del asunto.

Te he puesto ese ejemplo como circunstancia q tiene penas distintas, y las tiene.

Te repito lo anterior, si un profesor me dice q las Canarias forman parte de la Península Ibérica, me río en su cara, si el TS me dice q no discrimina por Genero condenar a dos personas por los mismos hechos SOLO basándose en el género, pues no me río en su cara porque es gravísimo, me echo las manos a la cabeza.


P.D. Lo del ejemplo del terrorista, dramático.

berdonces

Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 12:04
Te entiendo perfectamente, lo q pasa es q desvias el debate una y otra vez, si quieres hablar sobre las distintas penas de alcohol al volante abre un hilo, no quiero desviarme del asunto.

Te he puesto ese ejemplo como circunstancia q tiene penas distintas, y las tiene.


Tiene narices que me digas que desvío el debate cuando tu has puesto el ejemplo.
En cuanto a las distintas penas, las tiene pero tu te las imaginas porque no lo sabes.

Y si el supremo condena a una mujer a 3 años y medio por lesionar a su marido con una navaja y al marido lo condena a 2 años de prisión por lesionar a su mujer con una navaja, también te llevas las manos a la cabeza?

La violencia de género desgraciadamente existe y lo malo es que la intentan aprovechar demagogos y oportunistas porque en la práctica la diferencia UNICAMENTE se traduce en la pena mínima de prisión de 3 a 6 meses.

Si que entiendo que pueda existir un trato discriminatorio en el protocolo de actuación de la policía en los casos de viogen, ya que en el 90 por ciento de las ocasiones cuando se denuncia el hombre resulta detenido automáticamente.

Ahora bien, los juzgados van acomodándose a la realidad social y ya empiezan a existir condenas a mujeres por denuncias falsas o incluso mujeres condenadas por inducción al delito, en aquellos casos en los que la mujer provoca el quebrantamiento de la orden de alejamiento.

Pero repito, es más sangrante el código penal respecto a la mujer que al hombre ya que en el supuesto de lesiones, que estoy harto de repetirlo, la mujer entraría en prisión necesariamente y el hombre podría gozar de la suspensión de la pena de ingreso. Pero claro, como esto no os interesa ni tan siquiera lo comentáis porque seguro que os parece muy justo y acorde con la constitución.

Demagogia pura y dura.


Nostromo

#77
Ponme un ejemplo q una mujer es condenada por los mismos hechos a una pena distinta q un hombre como he hecho yo con el la del Supremo. Me parecería vergonzoso igualmente.

El ejemplo lo he puesto yo para rebatirte el ejemplo puesto por ti del menor.

Por cierto, no hace falta saber derecho para saber las distintas penas por alcohol al volante, además, en Internet tienes la información q quieras, no te las des de listo.

Lo de q se persigue las denuncias falsas no te lo crees ni tu, por mucho q el gobierno y sus todopoderosos medios de comunicación de masas vendan q solo el 0.0000000000000001% de las denuncias son falsas.

Es legítimo defender la postura Pro ley viogen , pero sin engañar a la gente, yendo de cara.

Lo valiente sería decir " La situación es excepcional, hay un problema gravísimo de violencia contra la mujer, es necesario suspender derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley", eso sería lo valiente y lo honesto, y quien este de acuerdo perfecto.

En mi opinión esa postura es una aberración, ya q España es uno de los países más seguros para las mujeres, no ya del mundo obviamente, si no de Europa, y ni de lejos hay una situación q justifique la suspensión de derechos fundamentales a los hombres.

Como te dicho, id de cara.

berdonces

Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Ponme un ejemplo q una mujer es condenada por los mismos hechos a una pena distinta q un hombre como he hecho yo con el la del Supremo. Me parecería vergonzoso igualmente.

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Penal Sentencia núm. 565/2018
La Sala puntualiza que ni la agravante de parentesco ni la de género puede aplicarse a aquellos tipos penales (de lesiones, coacciones o amenazas de los artículos 148.4, 153.1, 171.4 y 172.2 del Código) que ya prevén entre sus elementos que necesariamente exista o haya existido entre víctima y autor relación, pues en caso contrario se vulneraría la prohibición ' non bis in idem ' (que impide sancionar dos veces el mismo hecho).


berdonces

Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Lo de q se persigue las denuncias falsas no te lo crees ni tu, por mucho q el gobierno y sus todopoderosos medios de comunicación de masas vendan q solo el 0.0000000000000001% de las denuncias son falsas.

SENTENCIA QUE ADEMAS CONSTITUYE DOCTRINA.

TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 252/2018

La Audiencia de instancia, dictó el siguiente pronunciamiento:
« Fallo. Que debemos ABSOLVER Y ABSOLVEMOS a Luis Manuel y Gloria del delito de falso testimonio del que venían siendo acusados por la acusación particular y a Gloria del delito de estafa procesal del que venía siendo acusada por la acusación particular.
Debemos CONDENAR y CONDENAMOS a la acusada Gloria , como autora responsable de un delito de denuncia falsa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOCE MESES DE MULTA, a razón de 12 euros de cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracción impagadas y al pago de una cuarta parte de las costas procesales causadas.»

SEGUNDA SENTENCIA:

Fallo Segunda Sentencia:


Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Manteniendo el resto de los pronunciamientos de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, Sección Quinta de Madrid, de fecha 20 de abril 2017 , debemos condenar a Dª Gloria como autora responsable de un delito de falso testimonio en contra reo en causa criminal, a las penas de 1 año y 6 meses de prision y multa de 9 meses con cuota diaria 12 E, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio derecho sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y pago 1/4 costas penales causadas. Absolviéndola del delito de denuncia falsa por el que había sido condenada..

Como ves parece que los tribunales si condenan y además con gravedad el falso testimonio.

berdonces

Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Lo valiente sería decir " La situación es excepcional, hay un problema gravísimo de violencia contra la mujer, es necesario suspender derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley", eso sería lo valiente y lo honesto, y quien este de acuerdo perfecto.

Veo que sigues sin entender nada. No se suspende la presunción de inocencia. PONME UN CASO DE UN HOMBRE QUE HAYA SIDO CONDENADO SIN JUICIO.

Tampoco se vulnera el artículo 14 de la constitución. DIME UNA SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL QUE DECLARE INCONSTITUCIONAL LA LEY DE VIOGEN

berdonces

Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
En mi opinión esa postura es una aberración, ya q España es uno de los países más seguros para las mujeres, no ya del mundo obviamente, si no de Europa, y ni de lejos hay una situación q justifique la suspensión de derechos fundamentales a los hombres.

Como te dicho, id de cara.

Respeto absolutamente tu opinión de que te parezca injusta la ley de viogen, pero de ahí a decir que se suspenden derechos fundamentales de los hombres, creo que te has pasado como tres pueblo.

Y lo dicho, yo voy de cara, pero tu parece que a veces vas de culo.

DoBerMaN


Berdonces, repito,  no te cansas de hacer el ridiculo

Felix Auger Aliassime, futuro GOAT

Alejandro Davidovich, futuro crack español
_______________________________________________________
Jugador de tenis en Malaga, Mijas, Fuengirola, Benalmadena y Marbella , nivel amateur, participante en torneos, ligas, etc. Amante del deporte de la raqueta.

berdonces

Doberman, acaso te cansas tu de hacer demagogia?

Nostromo

Cita de: berdonces en 18 de Septiembre de 2019, 15:03
Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Ponme un ejemplo q una mujer es condenada por los mismos hechos a una pena distinta q un hombre como he hecho yo con el la del Supremo. Me parecería vergonzoso igualmente.

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Penal Sentencia núm. 565/2018
La Sala puntualiza que ni la agravante de parentesco ni la de género puede aplicarse a aquellos tipos penales (de lesiones, coacciones o amenazas de los artículos 148.4, 153.1, 171.4 y 172.2 del Código) que ya prevén entre sus elementos que necesariamente exista o haya existido entre víctima y autor relación, pues en caso contrario se vulneraría la prohibición ' non bis in idem ' (que impide sancionar dos veces el mismo hecho).

No veo la sentencia q condene a una mujer a las pena por el hecho de ser mujer, además,  como te he dicho, me parecería vergonzoso igualmente.

Nostromo

#85
Cita de: berdonces en 18 de Septiembre de 2019, 15:09
Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Lo de q se persigue las denuncias falsas no te lo crees ni tu, por mucho q el gobierno y sus todopoderosos medios de comunicación de masas vendan q solo el 0.0000000000000001% de las denuncias son falsas.

SENTENCIA QUE ADEMAS CONSTITUYE DOCTRINA.

TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 252/2018

La Audiencia de instancia, dictó el siguiente pronunciamiento:
« Fallo. Que debemos ABSOLVER Y ABSOLVEMOS a Luis Manuel y Gloria del delito de falso testimonio del que venían siendo acusados por la acusación particular y a Gloria del delito de estafa procesal del que venía siendo acusada por la acusación particular.
Debemos CONDENAR y CONDENAMOS a la acusada Gloria , como autora responsable de un delito de denuncia falsa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOCE MESES DE MULTA, a razón de 12 euros de cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracción impagadas y al pago de una cuarta parte de las costas procesales causadas.»

SEGUNDA SENTENCIA:

Fallo Segunda Sentencia:


Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Manteniendo el resto de los pronunciamientos de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, Sección Quinta de Madrid, de fecha 20 de abril 2017 , debemos condenar a Dª Gloria como autora responsable de un delito de falso testimonio en contra reo en causa criminal, a las penas de 1 año y 6 meses de prision y multa de 9 meses con cuota diaria 12 E, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio derecho sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y pago 1/4 costas penales causadas. Absolviéndola del delito de denuncia falsa por el que había sido condenada..

Como ves parece que los tribunales si condenan y además con gravedad el falso testimonio.

Yo no he dicho q haya 0 condenas por falso testimonio, lo q te he dicho es q a no ser q sea algo tan escandaloso q incluso no perseguirlo sería delito, la Fiscalía no persigue la denuncias falsas, de ahí el 0,00000001 de condenas por denuncia falsa.

DoBerMaN

Cita de: berdonces en 18 de Septiembre de 2019, 16:04
Doberman, acaso te cansas tu de hacer demagogia?

Demagogia es decir que por viogen no hay condenas distintas

Y, creo , eso no fue mio... ::)
Felix Auger Aliassime, futuro GOAT

Alejandro Davidovich, futuro crack español
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Jugador de tenis en Malaga, Mijas, Fuengirola, Benalmadena y Marbella , nivel amateur, participante en torneos, ligas, etc. Amante del deporte de la raqueta.

DoBerMaN



Y hablamos de penas minimas y máximas recogidas segun la VIOGEN, porque si nos ponemos a hablar del trato distinto que recibe un hombre acusado por VIOGEN en relación a la detencion , divorcios , juicio paralelo de la sociedad, etc,  apaga y vamonos

Pero esto, para Berdonces,  ya sabemos que son "nimiedades"

Recordemos que él dijo que, en relacion a que se lleven a los hombres al calabozo denunciados por viogen con el simple testimonio de la mujer, "NO PAAAAAASAAA NAAAAHH", minucias...
Felix Auger Aliassime, futuro GOAT

Alejandro Davidovich, futuro crack español
_______________________________________________________
Jugador de tenis en Malaga, Mijas, Fuengirola, Benalmadena y Marbella , nivel amateur, participante en torneos, ligas, etc. Amante del deporte de la raqueta.

Nostromo

Cita de: berdonces en 18 de Septiembre de 2019, 15:13
Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
Lo valiente sería decir " La situación es excepcional, hay un problema gravísimo de violencia contra la mujer, es necesario suspender derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley", eso sería lo valiente y lo honesto, y quien este de acuerdo perfecto.

Veo que sigues sin entender nada. No se suspende la presunción de inocencia. PONME UN CASO DE UN HOMBRE QUE HAYA SIDO CONDENADO SIN JUICIO.

Tampoco se vulnera el artículo 14 de la constitución. DIME UNA SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL QUE DECLARE INCONSTITUCIONAL LA LEY DE VIOGEN

El q no entiendes nada eres tú, no te enteras q hay gente q no comulgamos con este 1984 q hay montado.

Hay muchos casos de hombres condenados a los q no se respeta la presunción de inocencia, casos en los q son los acusados los q tienen q demostrar su inocencia, cuando lo q se debería demostrar es la culpabilidad. Casos en los q como la mujer no incurra en contradicciones y se lo monte bien, Adiós.

Como dijo la vicepresidenta, " A UNA MUJER HAY Q CREERLA SI O SI".

P.D. Por no hablar de los hombres q se van al cuartelillo a pasar la noche.

Nostromo

Cita de: berdonces en 18 de Septiembre de 2019, 15:19
Cita de: Nostromo en 18 de Septiembre de 2019, 13:36
En mi opinión esa postura es una aberración, ya q España es uno de los países más seguros para las mujeres, no ya del mundo obviamente, si no de Europa, y ni de lejos hay una situación q justifique la suspensión de derechos fundamentales a los hombres.

Como te dicho, id de cara.

Respeto absolutamente tu opinión de que te parezca injusta la ley de viogen, pero de ahí a decir que se suspenden derechos fundamentales de los hombres, creo que te has pasado como tres pueblo.

Y lo dicho, yo voy de cara, pero tu parece que a veces vas de culo.

No me paso ni medio pueblo, y los q van de culo son los q se tragan lo q los mass media venden.

La sentencia del TS q hemos debatido acaba con la igualdad ante la la ley, por más q el profesor me diga q las Canarias están en la Península, o Ferreras y los Jueces rojeras q lleva a su programa me vendan su mercancía.